Aval personal y bancario al alquilar un piso.
Si se está buscando un piso de alquiler ahora, seguramente si la viviendamerece la pena y con los tiempos que corren nos pedirán, a parte de una mensualidad en concepto de fianza, tal y como dice la ley, garantías adicionales.
Aval personal Un aval personal Por lo general, este tipo de avales se piden a personas jóvenes que tienen un sueldo no muy elevado y un empleo temporal. No obstante, en plena crisis, se suele pedir a todo tipo de persona un aval cuando se alquila un piso decente. Aval bancario El aval bancario es distinto al aval personal. Se trata de otra forma que tiene el casero de garantizarse que una entidad financiera Asimismo, también puede ocurrir, y es lo más normal, que el banco exija a la persona que solicita el aval tener un depósito fijo o una cuenta vivienda. Si carece de ello, el banco solicita que en una cuenta bancaria se ingrese el total del importe del aval bancario. Es decir, ese capital estaría inmovilizado. Lo habitual es que el arrendador pida el aval durante doce o dieciocho meses. Los bancos no conceden los avales bancarios por más de un año, con lo que el aval sólo serviría para un año si no se renueva la garantía anualmente. Además, la firma del aval es ante notario, lo que supone un desembolso más de dinero. Lo aconsejable es llegar a un acuerdo entre casero e inquilino para llegar a una forma de garantía adicional como el aval personal. De forma que no suponga más gastos al titular del contrato a la vez que permita al rentadorasegurarse el cobro del alquiler de la vivienda. Fuente: Blog Economista. Autor: Ramón Serrano
El coste del procedimiento hasta sentencia será de 599 euros,
honorarios de abogado y procurador (todo incluído).